La Iglesia es misionera por constitución divina

missao

 

José Manuel Jiménez Aleixandre, EP

 
Hasta finales del siglo XIX se consideraba dos tipos de territorios, en el orbe universo.
De un lado los “territorios de cristiandad” donde la Iglesia estaba establecida, con diócesis y todos los organismos de gobierno. En estos territorios la mayoría de la población estaba constituida por católicos ‑ más o menos practicantes ‑, y esto hacía que el surgimiento de vocaciones para el sacerdocio y para la vida consagrada era suficiente para atender a todos los fieles e incluso para que algunos saliesen a llevar a otros pueblos la buena noticia del Evangelio, de la Verdad, de la Iglesia, de modo que todos pudiesen “abrazarla y seguirla”.

Por otra parte estaban los “tierras de misión”, donde la mayoría de la población no era católica, no existía jerarquía establecida, o esta era constituida por clérigos venidos de otros países. La ausencia total o el pequeño número de vocaciones locales hacía que, para la conversión y evangelización de esos pueblos fuese necesario enviar misioneros¸ Evangelii praecones, sacerdotes, religiosos y religiosas, e incluso algunos laicos, que dedicaban sus vidas, o al menos parte de ellas, a la propagación del reino de Cristo, a la salus animarum de aquellos que in tenebris et in umbra mortis sedent, a fin de inluminare… ad dirigendos pedes in viam pacis”[1], como cantó Zacarías a respecto de aquel gran heraldo del Evangelio que fue San Juan Bautista: misionero y mártir.

El Concilio juzgo un deber llamar la atención de los católicos al hecho de que todos somos misioneros. Por vocación divina recibida en el bautismo. La Iglesia es, toda Ella, misionera. Y la misión ad gentes hace parte de su constitución divina: Euntes in mundum universum…”[2].

Con agudeza analiza el P. Julio García Martin CFM[3]:

Il concilio ecumenico Vaticano II ha affermato chiaramente e proclamato solennemente che la Chiesa per sua natura è missionaria[4]. Il Codice di diritto canonico ha recepito questa dottrina determinando che il popolo di Dio è la Chiesa cui Dio ha affidato una missione da compiere nel mondo[5]… La legislazione ecclesiastica nel corso dei secoli è stata riformata per rispondere fedelmente alla sua missione. Pertanto la novità della legislazione attuale riguarda sia la natura della Chiesa come popoli di Dio sia la sua missione.

[1] Cf. Lc 1, 79.

[2] Mc 16, 15.

[3] “L’Azione missionaria nel Codex Iuris canonici”, Ediurcla, Roma, 2005, 2º ed., p. 47.

[4] Nota del texto original: Conc. Ecum. Vaticano II, cost. Dogm. Lumen gentium, 17; decr. Ad gentes, 2, 35. La suddetta espressione tottavia non èmolto frequente, cfr. Ochoa, X., Index verborum cum documentis concilii Vaticani II, Romae 1966.

[5] Nota del texto original: Can 204, § 1. Il can. 781 riprende gli stessi principi.